En un acto celebrado esta mañana ante la Diputación Provincial de Zaragoza, el Partido Aragonés ha reivindicado la consolidación del modelo de organización territorial basado en las comarcas. Un modelo amparado por la Constitución, recogido en el Estatuto y aprobado con el consenso de todos los grupos políticos con representación en las Cortes de Aragón.Con el objetivo de consolidar este modelo, el PAR considera necesario el desarrollo de tres iniciativas legislativas pendientes, cuyas proposiciones fueron presentadas en las Cortes para su tramitación. Se trata de la ley de distribución de las responsabilidades administrativas entre las entidades locales Aragonesas, la ley de elecciones a los órganos de gobierno de las comarcas y las provincias y la ley de Capitalidad y Régimen especial de la ciudad de Zaragoza. Para el Partido Aragonés, el impulso a estas leyes es irrenunciable ante futuros acuerdos de gobierno.
Ley de distribución de las responsabilidades administrativas entre las entidades locales Aragonesas
Las comarcas no duplican servicios. Las comarcas hacen lo que la Comunidad Autónoma ha dejado de hacer y cuando se produce alguna duplicidad de servicios son otras entidades locales, como las diputaciones provinciales, las que duplican el servicio que da la institución comarcal.
Precisamente, para evitar estas disfunciones es necesario el desarrollo de la ley de distribución de las responsabilidades administrativas entre las entidades locales Aragonesas (prevista en el artículo 85.3 del Estatuto). Con esta ley se ordenan, clarifican y redistribuyen las responsabilidades administrativas en función de la capacidad de gestión de municipios, comarcas y provincias. El PAR defiende que determinadas funciones administrativas que ahora ejercen los pequeños ayuntamientos, sean asumidas pos las comarcas para una mejora en la prestación de servicio y un alivio financiero a las pequeñas entidades locales. Todo ello, para evitar duplicidades y disfunciones, así como para racionalizar el gasto público y mejorar los servicios públicos locales.
Ley de elecciones a los órganos de gobierno de las comarcas y las provincias
Con la ley de elecciones a los órganos de gobierno de las comarcas y las provincias (prevista en el artículo 71.5 del Estatuto) se reducirían en un tercio los cargos locales de Aragón y se sustituirían las Diputaciones Provinciales por las Corporaciones Provinciales, con la finalidad de adaptarlas a la organización comarcal de Aragón. Esta propuesta no elimina la provincia como se ha dicho sino que permite la supresión de su órgano de gobierno que es la Diputación Provincial como ya ha ocurrido en otras comunidades autónomas y que permite la Constitución.
Las diputaciones provinciales tienen que dejar de prestar servicios y ejercer competencias que no les son propias porque de esta forma detraen recursos de sus verdaderas competencias privando a los pequeños pueblos de unas partidas muy necesarias para subsistir. Han perdido su razón de ser y no han logrado la vertebración territorial que sí han conseguido las comarcas por su cercanía.
Ley de Capitalidad y Régimen especial de la ciudad de Zaragoza
Por último, la ley de Capitalidad y Régimen especial de la ciudad de Zaragoza (prevista en el artículo 87 del Estatuto), plantea un régimen singular de financiación para la ciudad de Zaragoza. La norma garantiza la suficiencia financiera del Consistorio en el caso de que el municipio asuma nuevas competencias en virtud de leyes autonómicas. El texto recoge, además, la creación del Consejo Bilateral de Capitalidad como máximo órgano de cooperación entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza.
Diez años de comarcalización
Tras diez años de funcionamiento, las comarcas han demostrado su eficacia en la prestación de servicios adaptados a las necesidades de la población. En este tiempo se han desarrollado servicios más ajustados al territorio y que responden mejor a las demandas de los vecinos, tanto en las materias transferidas y dotadas económicamente, como en otras que aún no les han sido transferidas y para las que dedican recursos propios.
Las comarcas son prestadoras de servicios. Entre sus competencias cabe destacar la de acción social que presta servicios de atención a personas mayores, como ayuda a domicilio y residencias; ayudas de urgente necesidad, especialmente a mujeres víctimas de violencia doméstica; ayudas de emergencia social que faciliten la cobertura de las necesidades sociales básicas y atención a menores en situación de conflicto familiar, entre otras. Cada año más de 100.000 usuarios son atendidos por el área de Servicios Sociales de las comarcas. Además, las comarcas tienen competencias en materias de protección civil, turismo, deporte, juventud, residuos, cultura y patrimonio cultural y tradiciones populares.
A pesar de la importancia que tiene para el territorio la prestación de estos servicios que utilizan más de 300.000 personas, el presupuesto de la comunidad autónoma asignado a las comarcas ha sido el mismo en los últimos ocho años.
Las comarcas no están burocratizadas. El 85% de los trabajadores de las comarcas se dedica a la prestación de servicios y el 15% restante a cuestiones de carácter general. El desconocimiento o quizá el interés ha llevado a algunos a criticar el elevado gasto corriente de las comarcas. Efectivamente, la mayor parte del presupuesto de las comarcas es para gasto corriente en el que está incluido el gasto del personal que presta estos servicios. Las comarcas son prestadoras de servicios y no realizan inversiones como otras administraciones.
Sonidos del acto celebrado esta mañana:
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